Adopciones
�Qu� es la Adopci�n?
La adopci�n es un procedimiento de la corte por el cual un adulto se reconoce legalmente como el padre de alguien que no es su ni�o biol�gico. La adopci�n establece formalmente una relaci�n de padre-ni�o por todas las conocidas razones, incluyendo obligaciones de subsidio familiar, los derechos de herencia, y la custodia. Las reglas legales acerca la adopci�n var�an perceptiblemente de estado a estado. Adem�s, si elige adoptar por medio de una agencia estatal o decide solicitar la asistencia de una organizaci�n privada, su decisi�n puede influir considerablemente en el proceso de adopci�n.
�Qui�n Puede Adoptar?
- Matrimonios
- Personas Solteras
- Parejas Gay y Lesbianas
�Cu�les Hechos de los Padres Adoptivos se Consideran al Adoptar?
- Edad(es)
- Situaci�n Financiera
- Estabilidad Personal
�C�mo puedo adoptar a un ni�o?
Hay muchas maneras de adoptar a un ni�o. �stas son los mas comunes:
- Adopciones de Agencia: Las agencias privadas y p�blicas ofrecen servicios de adopci�n. Estas agencias son supervisadas y reguladas seriamente por el gobierno, y son generalmente menos costosas que otros recursos de adopci�n. Como una desventaja de estas agencias, las adopciones requieren largos plazos de espera, un proceso de aplicaci�n complicado, y procedimientos de estudio casero
- Adopciones Privadas: Con adopciones privadas o independientes, un ni�o es colocado con padres adoptivos sin envolver ni una agencia. Consecuentemente, el proceso de la adopci�n es a menudo m�s r�pido y m�s eficiente. La grande desventaja es que las adopciones privadas son usualmente m�s costosas por la ausencia de subsidio y apoyo gubernamentales. Adem�s, las adopciones privadas son ilegales en varios estados.
- Adopciones por Padrastros: Es m�s com�n, cada d�a m�s, que los padres se casen de nuevo y que el nuevo c�nyuge adopte al ni�o de una relaci�n anterior. Para que un padrastro pueda adoptar, �l o ella necesitar� el consentimiento escrito del el otro padre biol�gico. Si se niega este consentimiento, el padrastro necesita solicitar a la corte para terminar los derechos del padre biol�gico.
�Necesito ir a la Corte para una Adopci�n?
Todas las adopciones, si a trav�s de una agencia o hecho privado, se deben aprobar por una corte. Los padres adoptivos deben solicitar la aprobaci�n de la corte y participar en una audiencia de adopci�n. Adem�s, antes de cualquier audiencia, cualquier persona que necesita dar su consentimiento a la adopci�n debe recibir un aviso. Esto incluye cualquier padre biol�gico, las agencias de adopci�n, el representante legal del ni�o (si la corte le asign� uno), y el ni�o, si �l o ella tiene suficiente edad.
Si la corte decide que la adopci�n es lo mejor para el ni�o, el juez dar� una orden que da aprobaci�n y conclusi�n a la adopci�n. Esta orden, generalmente llamada un decreto final de la adopci�n, legaliza la nueva relaci�n de padre-ni�o, y cambia el nombre del ni�o al nombre que los padres adoptivos han elegido.
�Necesito un Abogado de la Adopci�n?
Debido a la complejidad del proceso de la adopci�n, puede ser sabio consultar con un abogado de la adopci�n. El discurso con el abogado apropiado le ayudar� a entender sus derechos y obligaciones y preservar cualquier remedio posible que usted pueda tener.